facebook

Como parte de la nueva versión 4.3 de Agosto 2016, hemos liberado a todos nuestros usuarios la funcionalidad de Factura no Afecta o Exenta Electrónica, con lo que las empresas que realizan servicios o tienen ciertos giros no afectos a IVA, podrán gratuitamente emitir sus documentos en Facto realizando la certificación correspondiente directamente en Facto.

Formato de ejemplo factura no afecta o exenta electrónica:

img_57b4ecc462e28

Preguntas frecuentes:

¿Qué debo hacer para poder emitir facturas exentas electrónicas?

Para emitir facturas exentas electrónicas debes realizar los siguientes pasos:

  • Tener tu cuenta en Facto (te puedes registrar aquí si no estás registrado)
  • Certificar tu empresa incluyendo el set de factura exenta (Si ya estabas certificado, debes hacer el ciclo nuevamente pero esta vez incluyendo factura exenta)
  • Una vez aprobado por el S.I.I., descargar folios CAF desde el sitio web del S.I.I. y cargarlos en Facto en la opción Administración >> Timbraje CAF.

Luego de esto, ya podrás emitir facturas exentas electrónicas.

¿Si ya estoy certificado, debo certificarme nuevamente?

Si, debes descargar un nuevo set de pruebas que incluya el set de factura exenta (Puedes hacer esto en el ambiente de certificación y pruebas del S.I.I. en la opción "Generación de set de pruebas")

Cuando tengas el nuevo set, debes ingresar en Facto a la opción Administración >> Certificación S.I.I. y seguir los pasos. Puedes eliminar el set anterior usando la opción "Borrar sets cargados" para luego cargar el nuevo set. Recuerda que los folios que ya enviaste al S.I.I. no pueden volver a utilizarse. Así que si en tu anterior certificación usaste hasta el folio 22, esta vez debes seguir desde el 23 en adelante.